- Decisión
- CONFIRMA AUTO
- Descriptores
- COSTAS - / AGENCIAS EN DERECHO - / CRITERIOS PARA FIJARLAS - / AGENCIAS EN DERECHO - / VARIABLES A TENER EN CUENTA - / AGENCIAS EN DERECHO - / PRETENSIONES PECUNIARIAS - / PORCENTAJES SEGÚN CUANTÍA - / AGENCIAS EN DERECHO - / PONDERACIÓN INVERSA - / ASIMILACIÓN CUANTÍAS A LAS DEL CGP - / APLICACIÓN PORCENTAJE SOBRE LA CONDENA Y NO SOBRE LA PRETENSIÓN - / TESIS: El artículo 366 del CGP… aplicable al laboral por remisión del artículo 145 del CPTSS dispone que las costas y las agencias en derecho serán liquidadas “de manera concentrada” por el despacho de origen una vez quede ejecutoriada la providencia que le ponga fin al proceso o notificado el auto de estese a lo resuelto por el superior; posteriormente, el secretario realizará la liquidación y el juez determinará si la aprueba o no. Así, en su numeral 4° prevé que se deberá tener en cuenta para fijar las agencias en derecho las tarifas establecidas por el Consejo Superior de la Judicatura; además de la naturaleza, calidad y duración de la gestión realizada por el apoderado o la parte que litigó personalmente, la cuantía del proceso y otras circunstancias especiales. TESIS: … se tiene que conforme al Acuerdo PSAA16-10554 de 2016 para fijar las agencias en derecho se deben tener en cuenta diferentes variables, como son: a) el tipo de proceso - declarativo en general, declarativo especial, monitorio, ejecutivo, liquidación- (art. 5); b) clase de pretensión - pecuniaria o no - (art. 5) y c) los criterios en particular de la actu