- Decisión
- MODIFICA PARCIALMENTE
- Descriptores
- AVALES POLÍTICOS - / REVOCATORIA - / IMPROCEDENCIA DE LA TUTELA - / SUBSIDIARIEDAD - / AVALES POLÍTICOS - / REVOCATORIA - / AUTONOMÍA DE LOS PARTIDOS PARA DECIDIR - / TESIS: … la acción de tutela, por regla general solo procede cuando el accionante no cuenta con otro medio para proteger el derecho que considera vulnerado; pero de manera excepcional, procede a pesar de que exista otra vía judicial cuando esta no es idónea y eficaz para resolver las afectaciones constitucionales del peticionario, cuyos efectos son permanentes…, en cuanto a la revocatoria de avales políticos para que los ciudadanos se presenten como candidatos a un cargo de elección popular en representación de un partido político la Corte Suprema de Justicia en sede de tutela y en sus diferentes Salas y de antaño ha enseñado que: … un militante de un partido político se inscribió a una consulta popular para obtener un aval como aspirante a la JAL, y pese a que obtuvo el tercer lugar no fue incluido dentro de la lista de candidatos inscrita ante la Registraduría… Frente a tal caso concreto la citada alta corporación concluyó que la acción de tutela era improcedente pues “el actor se equivocó al elegir la tutela como ruta para censurar la decisión” que lo excluyó de la lista de candidatos para la JAL porque dicha decisión debía ser impugnada ante el Consejo Nacional Electoral tal como lo establece el artículo 7 de la Ley 130 de 1994… TESIS: Además, indicó que conforme a lo conceptuado por el Consejo Nacional Elec