- Decisión
- MODIFICA PARCIALMENTE
- Descriptores
- CONTRATO DE TRABAJO - / ELEMENTOS ESENCIALES - / SUSTITUCIÓN PATRONAL - / DEFINICIÓN - / REQUISITOS - / PRUEBA TESTIMONIAL - / VALORACIÓN - / PRESUPUESTOS - / PRUEBA TESTIMONIAL - / TESTIGOS SOSPECHOSOS - / TESTIGOS DE OÍDAS - / VALORACIÓN - / TESIS: Para abordar el análisis, es del caso indicar que la Jurisprudencia especializada en esta materia ha sido uniforme al plantear que un contrato de trabajo se configura por la concurrencia de los tres elementos esenciales a saber: i) la actividad personal de servicio del laborante; ii) la presencia del salario como retribución por el servicio prestado y, iii) la continuada subordinación que faculta al empleador para exigir al trabajador el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo y cantidad de trabajo… Ahora, cuando se encuentra acreditada la prestación personal del servicio se presume la existencia de la subordinación laboral; por lo tanto, corresponde al empleador desvirtuarla demostrando que el trabajo se realizó de manera autónoma e independiente… TESIS: El artículo 67 del CST define la sustitución patronal como «todo cambio de un empleador por otro, por cualquier causa, siempre que subsista la identidad del establecimiento, es decir, en cuanto éste no sufra variaciones esenciales en el giro de sus actividades o negocios». Conforme a dicha preceptiva y de acuerdo con la Sentencia SL3127/21, “para que opere la figura jurídica de sustitución de empleadores es necesario que se cumplan los siguientes