- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
- Descriptores
- LESIONES PERSONALES - / DICTAMEN PERICIAL - / DECLARACIÓN DEL PERITO - / LESIONES PERSONALES - / DIMINUENTE DE RESPONSABILIDAD - / IRA E INTENSO DOLOR - / ELEMENTOS - / TESIS: Es cierto, como lo estima el abogado recurrente, que la jurisprudencia ha sido enfática al resaltar en lo que concierne a la base “técnico-científica” de la prueba pericial, que los expertos convocados por las partes deben explicar suficientemente “los principios científicos, técnicos o artísticos en los que fundamenta sus verificaciones o análisis y grado de aceptación”, como así lo señala el canon 417 C.P.P.; lo anterior “bajo el entendido de que el Juez no está llamado a aceptar de forma irreflexiva el dictamen pericial, sino a valorarlo en su justa dimensión, lo que supone el cabal entendimiento de las explicaciones dadas por el experto […]” TESIS: Reclama el defensor de la señora RMLV, la aplicación en su favor de la diminuente a que alude el canon 57 C.P., atinente a la ira e intenso dolor, al sostener que para ello no se requería de su parte presentar pruebas en juicio, por cuanto lo allí expuesto se convierte en el insumo para ello… debe decir la Sala que, para el caso específico de las figuras de la ira o el intenso dolor, existe una situación singular porque ellas poseen un doble componente configurativo. De una parte, está conformada por elementos objetivos esenciales que deben estar acreditados para que pueda surgir a la vida jurídica, entre ellos: la existencia de un comportamiento grave e