- Decisión
- SE ABSTIENE DE RESOLVER IMPUGNACIÓN
- Descriptores
- DERECHO A LA SALUD - / IMPUGNACIÓN FALLO - / PROCURADOR - / FALTA DE LEGITIMACIÓN - / SALVO QUE ACTÚE COMO ACCIONANTE O ACCIONADO - / TESIS: … la Corporación anuncia que no se pronunciará en relación al recurso de impugnación que fue interpuesto por el Procurador 290 Judicial I de Pereira, toda vez que no se encuentra habilitado para ello, por cuanto en esta acción de tutela no actúa ni como accionante ni como accionado. (…) Al respecto la Sala ya se ha pronunciado en las decisiones de diciembre 09 de 2022… “… los delegados del Ministerio Publico, se encuentran legitimados para intervenir en el trámite de las acciones de tutela, incluso promoverlas en nombre y representación de aquellos sujetos de especial protección; en procura de la defensa de los derechos fundamentales o de la protección del interés público, no obstante, esa facultad de interponerla o impugnar las decisiones cuando no se trata del accionante o accionado, debe atender ciertas prerrogativas, como de manera acertada lo indicó el H. Consejo de Estado… “… resulta pertinente resaltar que la facultad de la Procuraduría General de la Nación para interponer acciones de amparo en nombre de otros, deberá estar sujeta a las normas procesales que regulan la acción de tutela en materia de la agencia oficiosa y deberá acreditar los elementos de esta figura para que sea tenida como legitimada para actuar.” Titulación Tema Descargar