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- EJECUTIVO LABORAL - / COSTAS - / COMPONENTES - / ORIGEN PROCESAL - / EJECUTIVO LABORAL - / CONDENA EN COSTAS - / REGLAS - / TESIS: El punto de discusión gravita esencialmente en la condena en costas impuesta a la parte ejecutante, aspecto frente al cual se duele el promotor de la acción. Ahora bien, en tratándose de las costas procesales, las cuales, según las previsiones del artículo 366 del C.G.P., están compuestas por las expensas judiciales y las agencias en derecho; debe tenerse en cuenta que estas tienen un origen netamente procesal. TESIS: Indica el artículo 365 del CGP que en los procesos y en las actuaciones posteriores a aquellos en que haya controversia, la condena en costas se sujetará a las siguientes reglas, entre otras: “1. Se condenará en costas a la parte vencida en el proceso, o a quien se le resuelva desfavorablemente el recurso de apelación, casación, queja, súplica, anulación o revisión que haya propuesto. Además, en los casos especiales previstos en este código. Además, se condenará en costas a quien se le resuelva de manera desfavorable un incidente, la formulación de excepciones previas, una solicitud de nulidad o de amparo de pobreza, sin perjuicio de lo dispuesto en relación con la temeridad o mala fe. (…)” Titulación Tema Descargar