- Decisión
- MODIFICA PARCIALMENTE
- Descriptores
- PENSIÓN DE INVALIDEZ - / FECHA DE RECONOCIMIENTO - / INFLUENCIA DE LAS INCAPACIDADES - / PENSIÓN DE INVALIDEZ - / FECHA DE RECONOCIMIENTO - / EVOLUCIÓN JURISPRUDENCIAL - / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - / INTERESES DE MORA - / CARÁCTER RESARCITORIO - / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - / PRESTACIÓN POST MORTEM - / INTERESES DE MORA - / NO PROCEDEN - / TESIS: Con antelación a la sentencia CSJ SL 5170 de 2021 era prolija la jurisprudencia de la Corte Suprema de justicia respecto de que la pensión de invalidez debía reconocerse desde el mismo momento en que se generó el estado invalidante de la persona, esto es desde la fecha de estructuración, pues el artículo 39 de la Ley 100 de 1993 no estableció ninguna condición para que su otorgamiento lo fuera a partir de ese momento, por lo que el pago de un subsidio por incapacidades temporales no podía disminuir, ni afectar el estado de invalidez… TESIS: Sin embargo, a partir de dicha sentencia, ratificó la necesidad de la incompatibilidad, con el objeto de que no haya un doble cobro al sistema general de pensiones y de salud, pues el riesgo cubierto con la incapacidad temporal y la pensión de invalidez no es la alteración de la salud, sino la incidencia de tal acontecimiento en la disminución del ingreso o ganancia… Con base en todo lo anterior, el máximo órgano de cierre varió el precedente judicial, para establecer como regla de decisión, la siguiente: (…) “La Sala considera necesario precisar su doctrina, en el sentido de señalar que cuando