- Decisión
- MODIFICA SENTENCIA
- Descriptores
- CONTRATO DE TRABAJO - / CONTRATISTAS INDEPENDIENTES - / RESPONSABILIDAD SOLIDARIA - / CONTRATO DE TRABAJO - / SANCIÓN MORATORIA - / MALA FE - / EMPLEADOR EN LIQUIDACIÓN FORZOSA - / CONTRATO DE TRABAJO - / OBLIGACIONES LABORALES - / PRESCRIPCIÓN - / TESIS: Al analizar el contenido del artículo 34 del CST, la Sala de Casación Laboral en sentencia 38255 de 17 de abril de 2012 con ponencia del Magistrado Jorge Mauricio Burgos Ruiz recordó que “la solidaridad establecida por el legislador en la norma en comento es una garantía del pago de los salarios, prestaciones e indemnizaciones a que tiene derecho el trabajador, la cual se activa a cargo del beneficiario o dueño de la obra en virtud del contrato celebrado entre este y el empleador, salvo que se trate de labores extrañas a las actividades normales de la empresa o negocio de aquel”. TESIS: En sentencia SL2833 de 2017, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, aplicando el precedente contenido en la sentencia CSJ del 10 de oct. de 2003, No. 20764, confirmó que no se puede predicar mala fe frente al incumplimiento en el pago de salarios y prestaciones sociales de las empresas que se encuentran en estado de liquidación, por lo que no resulta dable condenar a esos empleadores al pago de este tipo de sanciones… TESIS: … conforme con lo dispuesto en el artículo 151 del CPTSS, los derechos que se generan al interior de una relación laboral, son cobijados por el fenómeno jurídico de la prescripción cuando transcurran