- Decisión
- REVOCA AUTO
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- NOTIFICACIÓN PERSONAL - / REGULACIÓN LEGAL - / NOTIFICACIÓN PERSONAL - / NO ES CAUSAL DE RECHAZO DE LA DEMANDA - / TESIS: … en aras de dar continuidad a la prestación del servicio a cargo de la administración de justicia -en época de pandemia-, se expidió el Decreto 806 de 2020… Una de las medidas implementadas por la referida norma hace relación a notificación, siendo concretamente el artículo 8º el que establece: “Las notificaciones que deban hacerse personalmente también podrán efectuarse con el envió de la providencia respectiva como mensaje de datos a la dirección electrónica o sitio que suministre el interesado en que se realice la notificación (…). El interesado afirmará bajo la gravedad de juramento, que se entenderá prestado con la petición, que la dirección electrónica o sitio suministrado corresponde al utilizado por la persona a notificar, informará la forma como la obtuvo y allegará las evidencias correspondientes…” TESIS: … a pesar de lo expuesto, no había lugar a inadmitir la demanda por la inconsistencia advertida, toda vez que el artículo 25 del Código Procesal del Trabajo y el artículo 8º de la Ley 2213 de 2022, no prevén esta circunstancia como una causal de inadmisión. Lo anterior es así por cuanto la última de las normas referidas establece que las notificaciones que daban hacerse personalmente también “podrán” efectuarse a través del correo electrónico, lo que implica que, ante la imposibilidad de hacerse por medios digitales, es dable acudir a la notifi