- Decisión
- AF-0025-2023
- Descriptores
- RECURSO DE APELACIÓN - / REQUISITOS DE VIABILIDAD - / RECURSO DE APELACIÓN - / PROCEDENCIA - / DEFINICIÓN - / RECURSO DE APELACIÓN - / AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA - / NO ES APELABLE - / TESIS: En materia de impugnaciones, es siempre indispensable la revisión de los presupuestos que permiten desatar el recurso o condiciones para tener la posibilidad de recurrir… Se hacen consistir en: (i) legitimación, (ii) oportunidad, (iii) procedencia y (iv) cargas procesales (Sustentación, expedición de copias, etc.); los tres (3) primeros implican la inadmisibilidad del recurso, mientras que el cuarto, provoca la deserción… TESIS: En este caso, se echa de menos la procedencia, entendida como la expresa autorización normativa para atacar la decisión… Por sabido se tiene, en la literatura procesal contemporánea, que la taxatividad es una regla técnica de ordenación del recurso de apelación, como aplicación del principio de economía procesal, y cuyo contenido señala que es procedente única y exclusivamente cuando una norma en forma explícita lo consagre. TESIS: Hecho el examen preliminar del artículo 325, CGP, el proveído admisorio de la demanda no está enlistado como pasible de apelación en el artículo 321, CGP, tampoco en otra norma de ese ordenamiento [Art. 321-10°, CGP]. Las reglas sobre la admisibilidad de demandas solo contemplan la alzada para el rechazo que se hace extensible a su inadmisión [Art. 90, inciso 5°, CGP] y aquel que niegue, parcial o totalmente, el mandamiento de pago [