- Decisión
- ST2-0387-2023
- Descriptores
- DEBIDO PROCESO - / MADRE CABEZA DE FAMILIA - / ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA - / DEBIDO PROCESO - / ACTO ADMINISTRATIVO - / IMPROCEDENCIA DE LA TUTELA - / DEBIDO PROCESO - / SUBSIDIARIEDAD - / EXISTENCIA DE OTRO MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL - / DEBIDO PROCESO - / INEXISTENCIA DE PERJUICIO IRREMEDIABLE - / TESIS: … se promueve acción de tutela, al amparo del artículo 86 de la Constitución Política, para formular queja respecto al no reconocimiento de la causal de ser madre cabeza de familia, para garantizar en favor de la actora una estabilidad laboral reforzada… la demandante se encuentra legitimada en la causa por activa como quiera que, efectivamente, su vínculo laboral con la entidad demandada fue culminado, por provisión en carrera administrativa del cargo que ocupaba, previa negativa del reconocimiento de su estatus de madre cabeza de familia. TESIS: A no dudarlo, los debates sobre la legalidad de esos actos administrativos exceden, en principio, la órbita de competencia del juez constitucional quien, aun cuando la acción o la omisión de la autoridad pueda afectar o amenazar derechos fundamentales como lo pregona el accionante, solo está llamado a intervenir si el afectado no dispone de otro medio de defensa judicial idóneo y eficaz, o si lo hace como mecanismo transitorio para evitar la consumación de un perjuicio irremediable. TESIS: Para el caso concreto la controversia cuenta en el medio de control nulidad y restablecimiento del derecho, con el espacio propicio para ade