- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
- Descriptores
- RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE MENOR - / REGULACIÓN LEGAL - / RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE MENOR - / REQUISITOS - / RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE MENOR - / CASOS EN QUE NO PROCEDE - / TESIS: En lo relacionado con el tema de restitución internacional de menor en Colombia, es forzoso enunciar: (i) El convenio sobre aspectos civiles de la sustracción internacional de menores suscrito en la Haya el 25 de octubre de 1980 e incorporado en la normativa colombiana a través de la Ley 173 de 1994… (ii) La Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores, concluida en Montevideo, el 15 de julio de 1989 aprobada por nuestra legislación mediante la Ley 880 de 2004… TESIS: Conforme al artículo 1 de la Convención aprobada en la Ley 173 de 1994, el referido convenio tiene por objeto: a) asegurar el regreso inmediato de niños ilícitamente trasladados o retenidos en cualquier Estado Contratante… Así mismo, el artículo 3 precisa que el traslado o la retención de un menor se considerarán ilícitos: a) Cuando ha habido una violación del derecho de guarda asignado ya sea a una persona, una institución o cualquier otro organismo… b) Que este derecho era ejercido de manera efectiva sólo o conjuntamente en el momento del traslado o no regreso o lo habrían sido si tales hechos no se hubieran producido. TESIS: … la normativa en mención ha establecido ciertos eventos en que no procede la restitución del menor que a continuación se precisan: i. En el inciso 2 del artículo 12 atrás enuncia