- Decisión
- REVOCA SENTENCIA
- Descriptores
- ACCIONES POPULARES - / FINALIDAD - / ACCIONES POPULARES - / PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA - / ACCESIBILIDAD - / ACCIONES POPULARES - / PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA - / ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS - / TESIS: El artículo 88 de la Constitución Política establece las acciones populares como la herramienta procesal adecuada para la protección de los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad públicas… y otros de similar naturaleza que se definen por el legislador. Para tales efectos se profirió la Ley 472 de 1998, cuyo artículo 4º enumera un listado de derechos de esa categoría, despliegue que no es taxativo. Se trata de un instrumento para evitar el daño contingente o hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los citados derechos, o restituir las cosas a su estado anterior… TESIS: … en acatamiento a esta norma de rango constitucional el legislador expidió la Ley 361 de 1997 “Por la cual se establecen mecanismos de integración social de la persona con limitación y se dictan otras disposiciones” … En la referida ley en cuanto a las nociones de accesibilidad el artículo 44 realiza las siguientes precisiones: (…) se entiende por accesibilidad como la condición que permite en cualquier espacio o ambiente interior o exterior, el fácil y seguro desplazamiento de la población en general… TESIS: Y en lo relacionado con la eliminación de barreras arquitectónicas el artículo 47 de la Ley