- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
- Descriptores
- IMPUGNACIÓN ACTAS ASAMBLEA - / TESIS: Así las cosas se tiene que la solicitud de conciliación planteada por el demandante y allegada al presente asunto no tenían la virtualidad de suspender el imperativo término caducidad de dos (2) meses señalado por la normativa que regula la materia para impugnar el acta, pues, como quedó visto la conciliación no era procedente aunado a que aquel ejercicio recayó sobre un asunto diferente, lo cual, permite concluir que al presentarse la demanda el 13 de agosto de 2013, para esa data habían transcurrido tres meses y cinco días desde la publicación del acta de la cual se persigue la nulidad, lo que obligaba acoger la petición de caducidad planteada por la demandada, como en efecto aconteció en la providencia censurada. Titulación Tema Descargar