- Decisión
- REVOCA AUTO Y ORDENA CONTINUAR TRÁMITE
- Descriptores
- INCIDENTE DE REPARACIÓN INTEGRAL - / NATURALEZA - / EMINENTEMENTE CIVIL - / INCIDENTE DE REPARACIÓN INTEGRAL - / NATURALEZA CIVIL - / PUEDE ADELANTARSE ANTE EL JUEZ PENAL O EL CIVIL - / INCIDENTE DE REPARACIÓN INTEGRAL - / FALLECIMIENTO DEL PROCESADO - / NO INHIBE EL TRÁMITE ANTE EL JUEZ PENAL - / TESIS: Con miras a dilucidar el objeto de debate, debe empezar la Sala por señalar que el incidente de reparación, es un mecanismo procesal independiente y posterior al proceso penal propiamente dicho, por medio del cual ya no se busca obtener el compromiso penal, al haber sido definido en la sentencia pertinente, sino la indemnización pecuniaria fruto de la responsabilidad civil derivada del delito, como así lo ha sostenido la jurisprudencia. De ahí que dicho asunto, ostente una naturaleza eminentemente civil y resarcitoria… TESIS: … se puede sostener que es potestativo de la víctima, el solicitar el inicio del incidente de reparación integral, dentro del lapso consagrado en el canon 106 C.P.P., ya sea para que se desarrolle ante el juez penal que emitió el fallo de condena, o si así lo considera, y como también lo ha plasmado la jurisprudencia, para ”reclamar los perjuicios mediante las demás acciones que la ley otorgue, pero no paralelamente ”, esto es, bien podría haberlo hecho ante la jurisdicción civil, pero no acudir a ambas jurisdicciones a la vez. TESIS: La Sala, debe anticiparse a decir que no comparte los argumentos de la funcionaria de primer nivel, al considerar que est