i V Rama Judicial Corisejo Superior de la Judicatura Republica de Colombia TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA TERCERA DE DECISION PENAL Neiva, diecisiete (17) de agosto de dos mil veintitres (2023) Magistrada Ponente INGRID KAROLA PALACIOS ORTEGA * Radicacion: 41001 60 00 716 2011 00691 01. Aprobado mediante Acta No. 1028 m OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO. ? Resolvena la Sala el recurso de apelacion interpuesto por la Defensa de LAURA ESMERALDA PUENTES ECHEVERRIA, contra el auto i proferido el 6 de junio de 2023, a traves de la cual el Juzgado Quinto Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Neiva decidio solicitud de preclusion incoada por la Defensa, si no fuera porque se ladvierte que el Defensor, coadyuvado por su procurada, manifesto desistir de la alzada, motivo por el cual se decidira al respecto. i * ANTECEDENTES. i! Mediante proveld'o de la fecha antes referida, el precitado Despacho Judicial nego a | la Defensa de LAURA ESMERALDA PUENTES ECHEVERRIA la solicitud de preclusion elevada con el argumento de haberse presentado una transaccion con la victima el 17 de mayo de 2023, decision contra la cual el Defensor interpuso y sustento el recurso i ! Radicacion: 41001 60 00 716 2011 00691 01.
Procesado: Laura Esmeralda Puentes Echeverna. Delito:Homicidio culposo agravado. I de apelacion. La alzada fue repartida a esta Sala de decision penal para su respective estudio y resolucion. Estando la actuacion en tramite de la segunda instancia, el 7 de julio del ano en curso, el recurrente, a traves de correo electronico remitido a la Secretaria de la Corporacion, manifesto su voluntad de desistir del recurso de apelacion.
Posterior a ello, el 18 de julio anterior, fue allegado al Despacho el mismo memorial con la manifestacion de la procesada de coadyuvar el desistimiento del recurso presentado por su apoderado judicial. CONSIDERACIONES DE LA SALA. El Tribunal es competente para conocer la actuacion en segunda instancia conforme lo dispuesto en el numeral 1° del articulo 34 del Codigo de Procedimiento Penal - C.P.P. portratarse de una apelacion interpuesta contra auto proferido por un Juzgado Penal del Circuito adscrito a este Distrito Judicial.
Inicialmente las diligencias fueron asignadas a esta Corporacion para desatar la alzada interpuesta por el Defensor de LAURA ESMERALDA PUENTES ECHEVERRIA, contra el auto emitido el 6 de junio de 2023, mediante el cual el Juzgado Quinto Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Neiva nego la solicitud de preclusion enervada por la Defensa. i No obstante, encontrandose la actuacion en sede de segunda instancia, el Defensor y la procesada - unica parte apelante - allegaron a traves del correo electronico a la Secretaria de la Sala Penal, memorial manifestando su voluntad inequivoca de desistir del recurso incoado,. f 2 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Sala Segunda de Decision Penal i 0 Radicacion: 41001 60 00 716 2011 00691 01.
Procesado: Defito: Laura Esmeralda Puentes Echeverrfa. Homicidio culposo agravado. del que se extracta: "REF. DESISTIMIENTO RECURSO DE APELACION ( ), Es asi, como a su honorable despacho, Uegaron las diligencias sobre el recurso de APELACION, presentado dentro de la audlencla en mention, por parte de! JUZGADO QUINTO PENAL DEL CIRCUITO DE NEIVA, solititando a so despacho, se autorice el DESISTIMIENTO SOBRE EL RECURSO DE APELACION PRESENTADO EL DIA 06 DE JUNIO DE 2023. ello, fundamento a que, se presentara a la FISCAL DEL CASO, solicitud de PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD, que se suscribira con la sehora MARIA GLADYS GUEPENDO BARRIOS, victima dentro de las diligencias en comento, "1. con Importante es destacar que el mentado escrito fue suscrito por el Defensor su prohijada, quien adujo coadyuvar el desistimiento.
En tal sentido, es precise recorder que el articulo 197F del C.P.P., adicionado por el canon 97 de la Ley 1395 de 2010, establece que "Podra desistirse de los recursos antes de que el funcionarlo judicial los decida". Frente al topico, el Organo Vertice de la Justicia Penal Colombiana ha ensehado: " aI tratarse de un acto de liberalidad del sujeto procesal, expresado por quien tiene capacidad de disposition del derecho adjetivo sobre el cual recae la manifestation para renunciar a la segunda instancia, y que esta Sala no ha emitido pronunciamiento alguno sobre el tema, resulta procedente la aceptacion del desistimiento"1.
Aunque los recursos son herramientas legales al alcance de los sujetos procesales que les brinda la posibilidad de buscar la correccion de decisiones judiciales que consideran erradas, el ordenamiento juridico 1 Expediente fisico de segunda instancia, folios 6 y 8. 2 AP3276-2021. Radicacion 59.504, del 4 de agosto de 2021. M. P. Eyder Patino Cabrera. 3 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Sala Segunda de Decision Pena! t * y Radicacion: 41001 60 00 716 2011 00691 01.
Procesado: Laura Esmeralda Puentes Echeverna. Delito: Homicidio culposo agrayado. i: tambien otorga la opcion al directamente interesado de prescindir de ellos en el evento de considerarlo prudente. En este orden de ideas, se tiene que es clara la manifestacion conjunta de la encausada LAURA ESMERALDA y su Defensor de desistir del recurso de apelacion interpuesto contra el auto antes referenciado, siendo en el sub judice la parte directamente interesada en las resueltas de la alzada por ser unico apelante y, por tanto, con facultades para renunciara la segunda instancia. Por lo anterior, y como a la fecha esta Sala no ha emitido una decision de fondo en sede de apelacion, resulta procedente aceptar el referido desistimiento.
En merito de lo expuesto, la Sala Segunda de Decision Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, en uso de sus facultades legales, RESUELVE:
PRIMERO. - ACEPTAR el desistimiento del recurso de apelacion interpuesto por el Defensor de LAURA ESMERALDA PUENTES ECHEVERRIA, contra el auto de fecha y origen anotados, de acuerdo con los argumentos esbozados en la parte motiva de esta decision. f SEGUNDO. - Contra esta determinacion precede unicamente el recurso de reposicion3. \ TERCERO: Devolver la actuacion al Juzgado de origen para el tramite pertinente una vez ejecutoriada esta providencia. i 3 AP3276-2021.
Radicacion 59.504, del 4 de agosto de 2021. M. P. Eyder Patino Cabrera. 4 ■ f * Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Sala Segunda de Decision Pena! t i\ A Radicacion: 41001 60 00 716 2011 00691 01. Procesado: Laura Esmeralda Puentes Echeverna. Delito: i Homicidio culposo aqravado. -i
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE, (Decision adoptada de forma virtual) INGRID KAROLA PALACIOS ORTEGA Magistrada » f ERNANDO QUINTERC/DELGAD Magistracy * t! i JUANA ALEXANDRA TOBAR MANZANO Magistrada I j i # <?> J Uir'; LUISA FERNANDA TOVAR HERNANDEZ Secretaria \ i ! ) 1 5 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Saia Segunda de Decision Pena! ( f J t 1 I / ( I I l;
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