- Decisión
- MODIFICA SENTENCIA
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- SEGURIDAD SOCIAL - / SUBSIDIARIEDAD DE LA ACCIÓN DE TUTELA - / SEGURIDAD SOCIAL - / CARÁCTER FUNDAMENTAL DEL DERECHO - / DEFINICIÓN - / TESIS: Una de las características de este mecanismo de protección excepcional, es la de constituir un instrumento jurídico de naturaleza subsidiaria y residual, que sólo se abre paso cuando el afectado carece de otros medios de defensa, o cuando, existiendo, se la utiliza como mecanismo transitorio de aplicación inmediata, para evitar un perjuicio irremediable. La acción de tutela es pues subsidiaria, no alternativa o supletoria de los recursos ordinarios… TESIS: Elevado a la categoría de fundamental por la vía jurisprudencial constitucional, el derecho a la seguridad social ha sido definido por la Constitución como un “servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado”, irrenunciable y el cual debe garantizarse a todos los habitantes del territorio nacional. En palabras de la Corte Constitucional esta garantía es el “conjunto de medidas institucionales tendientes a brindar progresivamente a los individuos y sus familias las garantías necesarias frente a los distintos riesgos sociales que puedan afectar su capacidad y oportunidad, en orden a generar los recursos suficientes para una subsistencia acorde con la dignidad del ser humano” Titulación Tema Descargar