- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
- Descriptores
- CONTRATO DE TRABAJO - / TRABAJADORES EN MISIÓN - / CASOS EN QUE PROCEDE - / CONTRATO DE TRABAJO - / SANCIÓN EN CASO DE VIOLACIÓN DEL OBJETO O EL TÉRMINO - / CONTRATO DE TRABAJO - / TESIS: Establecen los artículos 77 de la Ley 50 de 1990 y el 6º del Decreto Reglamentario 4369 de 2006, los eventos en los cuales se permite la contratación de trabajadores en misión, en los siguientes términos: “1. Cuando se trate de labores ocasionales, accidentales o transitorias a que se refiere el artículo 6o. del Código Sustantivo del Trabajo. 2. Cuando se requiera reemplazar personal en vacaciones, en uso de licencia, en incapacidad por enfermedad o maternidad. 3. Para atender incrementos en la producción, el transporte, las ventas de productos o mercancías, los períodos estacionales de cosechas y en la prestación de servicios, por un término de seis (6) meses prorrogables hasta por seis (6) meses más. TESIS: Sobre el tema bajo análisis, ha sido pacífica la jurisprudencia de la Sala de Casación Laboral en sostener que en los casos en que la contratación de trabajadores en misión tiene un objeto diferente a los anunciados o supera los términos previstos, quien funge como usuario necesariamente es el verdadero empleador, desplazando a la Empresa de Servicios Temporales a la condición de simple intermediaria… TESIS: Prevé el artículo 66A del CPT y de la SS, que la sentencia de segunda instancia, así como la decisión de autos apelados, deberán estar en consonancia con las materias objeto del rec