- Decisión
- REVOCA SENTENCIA Y CONCEDE TUTELA
- Descriptores
- SEGURIDAD SOCIAL - / RECONOCIMIENTO PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - / SUBSIDIARIEDAD - / SEGURIDAD SOCIAL - / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - / SUBSIDIARIEDAD - / PRESUPUESTOS - / SEGURIDAD SOCIAL - / PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES - / CONTROVERSIA ENTRE BENEFICIARIOS - / TESIS: La Corte Constitucional ha señalado reiteradamente que, por regla general, la tutela no es procedente para ordenar el reconocimiento de pensiones, dado que existen mecanismos ordinarios que resultan idóneos para resolver este tipo de pretensiones, pues, con base en el principio de subsidiariedad que la caracteriza, la tutela no puede entrar a desplazar los procesos ordinarios… Respecto de las pensiones de sobrevivientes, precisó la Corte Constitucional en la sentencia T-001 de 2020 que: “el juez constitucional puede conceder el reconocimiento y pago de prestaciones económicas que derivan de una pensión, de manera definitiva, si del material probatorio se puede concluir que (i) el accionante pertenece a un grupo de especial protección constitucional… (ii) la carencia del reconocimiento de la pensión que solicita el accionante afecta directamente la satisfacción de sus necesidades básicas…” TESIS: Los anteriores presupuestos excepcionales, se hallan acreditados en la historia clínica de la accionante, ya que pertenece al régimen subsidiado en salud; padece una enfermedad renal crónica en estadio terminal (estadio 5) ; requiere hemodiálisis, desde abril de 2022, rechazó el trasplante del órgano afectado e inició cont