- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
- Descriptores
- CONTRATO DE TRABAJO - / POR OBRA O LABOR - / TERMINACIÓN - / CONTRATO DE TRABAJO - / RESPONSABILIDAD SOLIDARIA SOCIOS - / SOCIEDAD LIMITADA - / TESIS: … debe recordarse que el literal d del art. 61 del CST establece como causa de finiquito laboral, la terminación de la obra o labor contratada, siendo precisamente este argumento el invocado por la empleadora en la misiva del 30 de abril de 2018 al indicar que: “a partir del día 30 de abril del presente año, concluye el Contrato Individual de Trabajo Por obra o labor determinada, que celebramos el pasado enero 5 de 2018. Lo anterior, en virtud, de haberse llevado a cabo las labores para las cuales fue contratado”. (…) analizado el material probatorio allegado por las partes, refulge con nitidez que la demandada no logró acreditar que la labor contratada, esto es auxiliar de ingeniería, no se prolongó más allá del 30 de abril de 2018… TESIS: … con relación a la condena emitida en contra de Mauricio Celeita Caro y Mary Luz Arango Valencia, la Sala encuentra pertinente aclarar a la pasiva que el fundamento de tal decisión no recae en una vinculación del demandante con las personas naturales, sino que la condena está dada por la solidaridad que les compete a estos como socios de la persona jurídica en virtud de lo reglado en el art. 36 del CST que en su tenor literal expresa: “… Son solidariamente responsables de todas de las obligaciones que emanen del contrato de trabajo las sociedades de personas y sus miembros y éstos entre sí