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- ACTOS SEXUALES CON MENOR DE 14 AÑOS - / PRUEBAS DE CORROBORACIÓN PERIFÉRICA - / ACTOS SEXUALES CON MENOR DE 14 AÑOS - / DECLARACIÓN DE LA VÍCTIMA - / MENOR DE EDAD - / ACTOS SEXUALES CON MENOR DE 14 AÑOS - / SUBROGADOS PENALES - / MOMENTO DE LA CAPTURA - / TESIS: … la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ha explicado: «En el derecho español se ha acuñado el término “corroboración periférica”, para referirse a cualquier dato que pueda hacer más creíble la versión de la víctima, entre ellos: (i) la inexistencia de razones para que la víctima y/o sus familiares mientan con la finalidad de perjudicar al procesado; (ii) el daño psíquico causado a raíz del ataque sexual; (iii) el estado anímico de la víctima en los momentos posteriores a la ocurrencia de los hechos; (iv) regalos o dádivas que el procesado le haya hecho a la víctima, sin que exista una explicación diferente de propiciar el abuso sexual, entre otros. (…)”. TESIS: … las exposiciones que el profesional de la salud hizo frente a lo allí plasmado por las menores, tampoco podía ser objeto de valoración. La jurisprudencia, atiente a lo anterior es del siguiente tenor: “Con frecuencia, principalmente en este tipo de casos, el dictamen pericial recae sobre la declaración de un menor de edad (CSJSP, 09 mayo 2018, Rad. 47423, entre otras). En estos eventos, pueden presentarse variables como las siguientes: (i) si el niño declara en el juicio oral, es razonable que el dictamen recaiga sobre esa versión; (ii) c