- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
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- RESOLUCIÓN DE CONTRATO - / LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA POR ACTIVA - / PRESUPUESTOS - / RESOLUCIÓN DE CONTRATO - / LITISCONSORCIO FACULTATIVO - / CONTRATO DE LEASING - / RESOLUCIÓN DE CONTRATO - / APELACIÓN - / PRESUPUESTOS - / SUSTENTACIÓN - / TESIS: … como lo que se demanda es la resolución de unos contratos con la indemnización de perjuicios…, es menester demostrar “… los siguientes presupuestos estructurales, decantados en el derecho judicial nacional : (i) La existencia de un negocio jurídico bilateral válido; (ii) Ser el demandante, contratante cumplido de sus prestaciones…, (iii) Que el demandado haya incumplido en forma grave, total o parcial, sus compromisos contractuales”. No es suficiente, por tanto, como dijo el Juzgado, ser parte en el contrato. Deben darse los otros presupuestos para alcanzar esa legitimación. TESIS: tratos, aunque coligados, conservan su autonomía. Y lo cierto es que, se repite, aquí no se demandó, como pudiera haber sido posible, la resolución del contrato de leasing, sino del de compraventa. Y como ello fue así, la vinculación de Davivienda S.A. era del resorte de los demandantes, por tratarse de un litisconsorcio facultativo, no necesario como se afirma, dado que, es evidente, la causa frente cada asunto sería diferente y, por tanto, la decisión final, también lo sería. Es decir, podría darse la resolución del leasing, sin que se afectara la compraventa, y aunque la resolución de la compraventa tendría incidencia en el leasing, las repercusiones