- Decisión
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- NULIDAD - / OPORTUNIDAD PARA PROPONERLA - / NULIDAD - / OPORTUNIDAD - / LUEGO DE LA SENTENCIA - / DILIGENCIA DE ENTREGA - / NULIDAD - / ACTUACIÓN EN CONTRAVÍA DE DECISIÓN DEL SUPERIOR - / TESIS: … la nulidad fue propuesta oportunamente y debe, en consecuencia, resolverse de fondo. Para arribar a esta conclusión, conviene esta Sala con que las nulidades tienen un momento procesal para ser propuestas. Es la lógica que se impone en el proceso, por cuanto el mismo debe fluir de manera que se superen todos los obstáculos de orden procedimental que se puedan presentar, que, en la mayoría de los casos previstos en el artículo 133 del CGP, si no se alegan oportunamente, se sanean. Eso es lo que se desprende de la redacción de los artículos 134 a 136 del CGP… TESIS: … llega a acontecer, en muchos eventos, que luego de proferirse la sentencia, e incluso de habérsele puesto fin al proceso, sobrevengan actuaciones del juez, de oficio, o por solicitud de parte que, evidentemente, pueden engendrar nulidades, mismas que, sin duda, son susceptibles de ser invocadas en el momento en que se presenten. (…) Uno de tales eventos tiene que ver con la diligencia de entrega. Durante su trámite pueden ocurrir deficiencias que se erijan en causales de nulidad que, por supuesto, tiene que permitírsele al agraviado alegarlas, pues lo contrario implicaría desconocer su derecho de defensa. TESIS: Rojas Gómez (2017) señala que “La invalidez de la actuación judicial realizada en contravía de decisiones ejec