- Decisión
- CONCEDE TUTELA
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- DERECHO A LA SALUD - / GASTOS DE TRANSPORTE - / ACOMPAÑANTE - / DERECHO A LA SALUD - / GASTOS DE TRANSPORTE - / RESPONSABILIDAD DEL SISTEMA DE SALUD - / DERECHO A LA SALUD - / TRANSPORTE INTRAURBANO - / MENORES DE EDAD - / TESIS: En el caso concreto la queja constitucional se plantea, al amparo del artículo 86 de la Constitución Política, respecto de la falta de reconocimiento de los gastos de traslados requeridos para asistir a los controles y terapias ordenadas a nombre de la menor accionante. TESIS: Sobre el reconocimiento de tales costos, la Corte Constitucional ha expresado que: “(…) la Sala Plena unificó su criterio en el sentido de que cuando un usuario del Sistema de Salud debe desplazarse de su municipio o ciudad de residencia para acceder a un servicio de salud ambulatorio que requiere (…) la EPS debe asumir el servicio de transporte, por cuanto no hacerlo podría equivaler a imponer una barrera de acceso al servicio. (…) TESIS: Y en un caso similar al presente la aludida colegiatura señaló: “En conclusión, la Corte ha reconocido el transporte intraurbano a niños y niñas, con base en el análisis de tres elementos conjuntos: i) su condición de sujetos de protección especial constitucional, ii) las patologías que padecían… y iii) la condición de precariedad económica suya y de sus familias… Titulación Tema Descargar