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- SEGURIDAD SOCIAL - / RECONOCIMIENTO PENSIÓN DE INVALIDEZ - / SEGURIDAD SOCIAL - / RECONOCIMIENTO PENSIÓN DE INVALIDEZ - / SUBSIDIARIEDAD - / SEGURIDAD SOCIAL - / ENFERMEDADES CRÓNICAS Y DEGENERATIVAS - / CAPACIDAD LABORAL RESIDUAL - / TESIS: Es claro que se promueve acción de tutela, al amparo del artículo 86 de la Constitución Política, contra la decisión de Colpensiones de no acceder a la solicitud de reconocimiento de la pensión de invalidez que elevó el actor, a pesar de que dice cumplir con los requisitos determinados por la jurisprudencia de la Corte Constitucional para ese efecto. TESIS: Es claro que se promueve acción de tutela, al amparo del artículo 86 de la Constitución Política, contra la decisión de Colpensiones de no acceder a la solicitud de reconocimiento de la pensión de invalidez que elevó el actor, a pesar de que dice cumplir con los requisitos determinados por la jurisprudencia de la Corte Constitucional para ese efecto. TESIS: … sobre el debate planteado, expuso recientemente en sentencia ya citada: “Como quedó de presente, la Corte ha sido enfática en reconocer los derechos de las personas que han realizado aportes al sistema de pensiones después de la consolidación de la enfermedad, pero han seguido cotizando en desarrollo de una capacidad laboral residual…” Lo primero que se debe establecer es que pese a que el dictamen médico laboral que obra en el expediente, emitido por la Junta Nacional de Calificación de Invalidez en este caso no determina el cará