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- EXCEPCIONES PREVIAS - / RAZÓN DE SER Y FINALIDAD - / EXCEPCIONES PREVIAS - / REGULACIÓN EN MATERIA LABORAL - / EXCEPCIONES PREVIAS - / FINALIDAD ÚLTIMA: DAR POR TERMINADO EL PROCESO - / TESIS: No cabe duda que el proceso y los procedimientos constituyen el medio que ha previsto el legislador para dar un trámite equitativo y ordenado a las actuaciones que se deben realizar en orden a definir los derechos o situaciones jurídicas que requieren declaración judicial. Es por ello que el artículo 11 del Código General del Proceso establece, entre otras cosas que, “al interpretar la ley procesal el juez deberá tener en cuenta que el objeto de los procedimientos es la efectividad de los derechos reconocidos por la ley sustancial.” TESIS: … el artículo 100 del Código General del Proceso, señala -a título de excepciones previas- una serie de situaciones -entre ellas, la indebida acumulación de pretensiones- que, sin tener que ver con el fondo del asunto debatido, pueden llegar a impedir que el proceso que se está iniciando, concluya con una sentencia que legalmente resuelva el asunto planteado a la jurisdicción. Y, para evitar que ello ocurra, el artículo 101 ibidem tiene dispuesto el trámite que permite superar la dificultad que amenaza dar al traste con la finalidad de la actuación. TESIS: La disposición no deja dudas respecto a que la terminación del proceso no es la finalidad buscada por las excepciones previas, siendo por el contrario la última de las opciones a utilizar frente a s