- Decisión
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- EJECUTIVO - / CONTROL DE LEGALIDAD DEL TÍTULO EJECUTIVO - / EJECUTIVO - / FACTURA DE VENTA - / REQUISITOS GENERALES Y ESPECÍFICOS - / EJECUTIVO - / VALORACIÓN PROBATORIA - / TESIS: … sobre el deber del juez de revisar el título ejecutivo al momento de proferir la orden de seguir adelante la ejecución, no obstante la previsión del artículo 430 del CGP, tiene señalado también la Corte que: “De ese modo las cosas, todo juzgador, no cabe duda, está habilitado para volver a estudiar, incluso ex officio y sin límite en cuanto atañe con ese preciso tópico, el título que se presenta como soporte del recaudo, pues tal proceder ha de adelantarlo tanto al analizar, por vía de impugnación, la orden de apremio impartida cuando la misma es de ese modo rebatida, como también a la hora de emitir el fallo con que finiquite lo atañedero con ese escrutinio judicial, en tanto que ese es el primer aspecto relativamente al cual se ha de pronunciar la jurisdicción, ya sea a través del juez a quo, ora por el ad quem”. TESIS: … si se trata, como en este caso, de una factura, el artículo 774 del citado Código, modificado por el artículo 3° de la Ley 1231 de 2008, dispuso que: La factura deberá reunir, además de los requisitos señalados en los artículos 621 del presente Código, y 617 del Estatuto Tributario Nacional o las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan, los siguientes: 1. La fecha de vencimiento, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 673… 2. La fecha de recibo de la factura… 3