- Decisión
- CONFIRMA PARCIALMENTE CONCESIÓN TUTELA
- Descriptores
- DERECHO DE PETICIÓN - / HONRA - / BUEN NOMBRE - / PUBLICACIÓN EN REDES SOCIALES - / DERECHO DE PETICIÓN - / REQUISITOS - / VALORACIÓN PROBATORIA - / HONRA - / BUEN NOMBRE - / REQUISITOS - / VALORACIÓN PROBATORIA - / TESIS: … la queja constitucional se plantea, al amparo del artículo 86 de la Constitución Política, contra el señor Luis Eduardo Merchán Hernández en razón de las publicaciones que realizó y que involucran al accionante, a través de sus redes sociales… TESIS: Se encuentra demostrado que el 23 de febrero del año en curso el accionante elevó ante el señor Luis Eduardo Merchán Hernández solicitud de rectificación respecto de las manifestaciones que ahora son objeto de la controversia… En el informe que rindió ante la primera instancia, el accionado refirió “es de anotar que me permito emitir respuesta en el presente documento al accionante toda vez que se le hará llegar igualmente este escrito, respondiendo al derecho de petición de solicitud de retractación argumentando que no se cuenta con la capacidad de cumplir lo solicitado por el solicitante…” De la valoración de las pruebas arriba enumeradas, se deduce que la respuesta proferida por el demandado a la solicitud de rectificación no se puede estimar como adecuada, toda vez que allí el citado señor se limitó a señalar que no está en capacidad de acceder a lo pedido pues ello depende de las plataformas que manejan las redes sociales correspondientes, cuando, primero, la reclamación no solo se refería a la eliminaci