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- VINCULACIÓN DEL PRECEDENTE DE LA SALA DE CASACIÓN LABORAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - / TESIS: En relación con la jurisprudencia, como fuente formal del derecho, ya de tiempo atrás el legislador en el artículo 4° de la Ley 169 de 1896, había previsto que tres (3) decisiones uniformes emitidas por la Corte Suprema como Tribunal de Casación sobre un mismo punto de derecho constituyen doctrina probable. Puede ser aplicada por los jueces a casos análogos. Lo anterior, no obsta para que la Corte varíe su doctrina en caso de que juzgue como errónea la adoptada en decisiones anteriores. Fuente Formal : 1. 2. Artículo 230 de la Constitución Política; artículo 4° de la Ley 169 de 1896; C – 836 de 2001; artículo 7 del CGP; numeral 1º del artículo 13 de la ley 2213 de 2022, que adoptó como legislación permanente el Decreto Ley 806 de 2020; numeral 8º del artículo 65 del C.P.T. y de la S.S., con la modificación incorporada por el artículo 29 de la Ley 712 de 2001; artículo 35 de la Ley 712 de 2001, por medio del cual se adicionó el artículo 66A del C.P.T. y de la S.S.; numeral 5° del artículo 72 del Decreto 2013 de 2012 y el literal d) del artículo 62 del Decreto Ley 254 de 2000, modificado por la Ley 1105 de 2006; Decreto 541 de 2016, modificado por el Decreto 1051 de 2016; artículo 48 del C.P.T. y de la S.S; Decretos 541 de 2016 y 1051. Titulación Tema Descargar