- Decisión
- CONFIRMA AUTO
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- AUTO QUE NIEGA MANDAMIENTO EJECUTIVO - / TESIS: Puestas así las cosas, como quiera que en el sub-lite el actor no acreditó debidamente, en consonancia con la naturaleza de la obligación amparada, la presentación en debida forma de la reclamación ni la ocurrencia del siniestro y su cuantía, incumpliéndose así la exigencia contenida en el artículo 1053 del Código de Comercio, para que la póliza en mención preste mérito ejecutivo, sin que incida en absoluto, para la eficacia de dicho instrumento, que la reclamación presentada hubiera sido o no oportunamente objetada, pues tal omisión no veda en modo alguno el derecho de la Aseguradora de cuestionar en el juicio -ordinario o ejecutivo-, la legalidad de la misma, e incluso, la existencia de la obligación indemnizatoria que en su contra se esgrime, por lo que resultaba forzoso negar el mandamiento de pago reclamado y, como a esa misma conclusión llegó el a quo, se impone la confirmación del auto apelado, como en efecto se dispondrá. Titulación Tema Descargar