- Descriptores
- ACCIÓN DE TUTELA - / INEXISTENCIA PERJUICIO IRREMEDIABLE - / PRINCIPIO DE INMEDIATEZ Y SUBSIDIARIEDAD - El amparo solicitado no cumple con el requisito de subsidiariedad, ya que la señora M.P hizo referencia a unos nombramientos efectuados en provisionalidad y a la ausencia de publicación sobre vacantes definitivas y desiertas con el fin de que se autorice el uso de la lista de elegibles y su posterior nombramiento en propiedad, aspectos estos que tienen que ver estrictamente con procedimientos administrativos en los cuales no tiene injerencia el juez de tutela, en tanto la interesada debe acudir en primer lugar ante las autoridades responsables del proceso de selección en cuestión siguiendo los parámetros legales establecidos en este caso para el uso de la lista de elegibles y un eventual nombramiento / PROCESO DE SELECCIÓN CONCURSO DE MÉRITOS - Las circunstancias en las que se encuentra la accionante no encajan dentro del concepto de perjuicio irremediable, pues no se alegó ni se respaldó probatoriamente la posible ocurrencia de un perjuicio irremediable, aunado a que el único tema mencionado por aquella fue el proceso de selección 437 de 2017, sin que haya referido nada sobre sus aspectos personales, físicos y económicos que permitan comprender y comprobar su necesidad para acudir al trámite tutelar / TESIS: Las pretensiones de la actora y por ende, de la vinculada, son ampliamente improcedentes, pues la vía constitucional no es la idónea para buscar la autorización del us