- Decisión
- REVOCA LA SENTENCIA OBJETO DE CONSULTA
- Descriptores
- PENSIÓN DE INVALIDEZ DE ORIGEN COMÚN - Principio de la condición más beneficiosa / TESIS: Para la Sala la sola situación de salud que presenta el actor, lo llevan a considerarlo como una persona de especial protección. Que debido a sus patologías es evidente que la negativa al reconocimiento de la pensión afecta la vida digna y el mínimo vital del demandante, que le han imposibilitado laborar y con ello continuar cotizando al sistema. Por consiguiente, para la Sala se cumple el test de procedibilidad al que hace referencia la sentencia de la Corte Constitucional y permiten dar aplicación al principio de la condición más beneficiosa y con ello analizar la solicitud de la pensión de invalidez de conformidad con el principio de la condición más beneficiosa Fuente Formal : 1. Acto Legislativo 01 de 2005 / Constitución Política Art. 48 y 53 / Código General del Proceso Art. 303 y 314 / Código Sustantivo del Trabajo Art. 21 / Código de Procedimiento Laboral y de la Seguridad Social Art. 145 / Ley 100 de 1993 Art. 35, 38, 39, 40, 141 y 143 / Ley 860 de 2003 Art. 1 / Corte Constitucional. Sentencia C-816 de 2011. Sentencia T-114 de 2016. Sentencia SU-446 de 2016. Sentencia SU-442 de 2016. Sentencia T-053 de 2018. Sentencia SU-005 de 2018. Sentencia SU-556 de 2019 / Corte Suprema de Justicia. Sala Laboral. Sentencia SL2358-2017. Sentencia SL4650- 2017. Sentencia SL4342-2018 Observaciones : DESCARGUE EL ARCHIVO DE LA PROVIDENCIA PARA CONOCER SU CONTENIDO / EL PRESENTE EXTRACTO ES DE CA