- Decisión
- MODIFICA # 7 DE LA SENTENCIA CONDENATORIA APELADA Y CONFIRMA EN LO DEMÁS
- Descriptores
- INTERESES MORATORIOS RETROACTIVO PENSIÓN DE INVALIDEZ POST MORTEM - No hay razón por la cual SKANDIA S.A. se deba eximir del pago de los intereses moratorios, al no haber pagado la pensión de sobrevivientes a la demandante, pues si bien no hay discusión que la reconoció de manera provisional, también es claro que no hizo efectivo el pago, y el hecho de que la actora no haya elegido la modalidad pensional no es óbice para la causación de dichos emolumentos, en consideración a que la demandante indicó de manera escrita que siendo un reconocimiento provisional por un salario mínimo no era necesario elegir la modalidad pensional, pues aún no se trataba del reconocimiento de la pensión definitiva que tiene condiciones diferentes para liquidarse / Fuente Formal : 1. Ley 100 de 1993 Art. 141 / CPT y de la SS. Art. 66 / Ley 1438 de 2011 Art. 28 / Decreto ley 019 de 2012 Art. 121 / Decreto ley 1281 de 2002 Art. 4 / Decreto 780 de 2016 Art. 2.2.3.1 / Decreto 4023 de 2011 Art. 24 Observaciones : DESCARGUE EL ARCHIVO DE LA PROVIDENCIA PARA CONOCER SU CONTENIDO / EL PRESENTE EXTRACTO ES DE CARÁCTER INFORMATIVO Titulación Tema Descargar