- Decisión
- REVOCA LA SENTENCIA IMPUGNADA Y DECLARA IMPROCEDENTE LA ACCIÓN DE TUTELA
- Descriptores
- ACCIÓN DE TUTELA - / REQUISITO DE SUBSIDIARIEDAD - / OMISIÓN DE EJERCER LOS RECURSOS DE LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA CONTRA ACTO ADMINISTRATIVO - No está cumplido el requisito de subsidiariedad para la habilitación de la acción de tutela contra el acto administrativo del que se duele la accionante, por cuanto omitió ejercer, previo a la interposición de la solicitud constitucional, los recursos de la actuación administrativa contra aquél / TESIS: La actora desechó, sin razón aparente, la posibilidad de impugnar esa decisión ante las autoridades administrativas competentes, puesto que omitió interponer alguno de los remedios indicados; y con ello, cercenó la oportunidad de que la administración volviera sobre su propia decisión, a fin de revisarla y por qué no, modificarla, en atención a los argumentos que la interesada le pusiera de presente. / La tutelante no demostró, ni manifestó siquiera, estar inmersa en alguna condición especial que haga flexibilizar en su favor los requisitos de procedencia del resguardo; y, tampoco aparece prueba o indicio de riesgo de consumación de un perjuicio irremediable que demande la urgencia de la intervención del juez de tutela, aunado a que la ciudadana está en la posibilidad de plantear nuevamente su solicitud ante la oficina pública, hasta agotar el procedimiento administrativo de ley, no hay motivo para que el juez constitucional obvie el requisito de subsidiariedad extrañado Fuente Formal : 1. Constitución Política Art. 86 / Corte Constit