- Decisión
- REVOCA LA SENTENCIA MATERIA DEL RECURSO, CON EXCEPCIÓN DEL NUMERAL SÉPTIMO QUE DECLARÓ LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN DEL DELITO DE OBTENCIÓN DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO. EN CONSECUENCIA, ABSUELVE A LA PROCESADA POR EL DELITO DE FRAUDE PROCESAL MATERIA DE ACUSACIÓN
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- EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN DEL DELITO DE OBTENCIÓN DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO - / DELITO DE FRAUDE PROCESAL ERROR DE PROHIBICIÓN DIRECTO - El error de prohibición directo no elimina el dolo, lo que conlleva es la exclusión o atenuación el juicio de reproche que se hace en sede de culpabilidad dependiendo si el mismo es vencible o invencible / TESIS: No le asiste razón al recurrente en que la Juez violó de manera sustancial el debido proceso al condenar por delito distinto al que fue materia de acusación. Empero, sí le asiste razón en que la prueba practicada en juicio demuestra que la aquí procesada al realizar la conducta típica y antijurídica de fraude procesal obró con error de prohibición directo. Sin embargo, sobre la invencibilidad de tal error, advierte la Sala que existe duda razonable que, como cualquier duda de dicha naturaleza sobre alguno de los elementos del delito, en este caso de la culpabilidad, impone la aplicación del principio in dubio pro reo (art. 7 de la L.906/04) y la consecuente absolución de la procesada por cuanto no se satisface el estándar probatorio que el art. 381 ib. Impone para condenar PRINCIPIO IN DUBIO PRO REO - Sobre la imposibilidad de la acusada de vencer el error, considera la Sala que existe duda razonable, pues la prueba válidamente practicada en juicio no otorga certeza sobre el particular y, en este escenario, no puede concluirse por vía negativa que como no se demostró la invencibilidad, el error era vencible / Fu