- Decisión
- REVOCA EN SU TOTALIDAD LA SENTENCIA
- Descriptores
- PRESCRIPCIÓN - Los periodos en los que se presentó una omisión o mora del empleador en el pago de las cotizaciones al sistema de seguridad social, debía contabilizarse para efectos pensionales como efecto lo ejecutó Colpensiones pero hasta el año 2018 / TESIS: El actor adquirió su status pensional el día 03 de octubre de 2008, calenda en que superó los 60 años de edad. La última cotización al sistema la efectuó el 16 de febrero de 2012. La primera solicitud de reconocimiento y pago de la pensión de vejez la realizó el 04 de abril de 2012, sin embargo, fue otorgada hasta abril de 2018 Fuente Formal : 1. Constitución Política Art 46, 53 / Ley 100 de 1993 Art. 33, 141 / Corte Suprema de Justicia. Sala Laboral. Sentencia SL 18512-2002. Sentencia SL1440-2018. Sentencia SL 4283-2012. Sentencia SL 3157-2021 Observaciones : DESCARGUE EL ARCHIVO DE LA PROVIDENCIA PARA CONOCER SU CONTENIDO / EL PRESENTE EXTRACTO ES DE CARÁCTER INFORMATIVO Titulación Tema Descargar