- Decisión
- REVOCA LOS NUMERALES 3° Y 4° PARA ABSOLVIENDO A A COOPERATIVA ESPECIALIZADA DE MOTORISTAS Y TRANSPORTADORES COOMOEPAL LTDA Y CONFIRMA EN LO DEMÁS
- Descriptores
- EXTREMOS TEMPORALES DE CONTRATOS DE TRABAJO - Pago de aportes a seguridad social en pensiones / TESIS: Si bien es cierto, que el actor solicitó el pago de seguridad social integral desde el 21 de diciembre de 2009 al 17 de marzo de 2014, también lo es, que en aplicación al art. 50 del Código Procesal del Trabajo, el Juez tiene facultades extra y ultra petita, para ordenar conceptos laborales cuando éstos hayan sido discutidos en el proceso, es así que, a pesar que en la demanda no se solicitó el pago de dicho concepto por un tiempo diferente al pedido, los mismos, sí fueron objeto de debate; sumado, a que la seguridad social es un derecho universal e irrenunciable, imprescriptible, en ese sentido se observa, que la Juez supedito la condena a la verificación del pago, si la entidad la pagó, ésta es inane, razón por la que, este Colegiado dejará incólume dicha decisión Fuente Formal : 1. Ley 1564 de 2012 Art. 365 / Decreto Ley 2663 de 1950 Art. 65 y 133 / Decreto Ley 2158 de 1948 Art. 50 / Ley 15 de 1959 Art. 15 Observaciones : DESCARGUE EL ARCHIVO DE LA PROVIDENCIA PARA CONOCER SU CONTENIDO / EL PRESENTE EXTRACTO ES DE CARÁCTER INFORMATIVO Titulación Tema Descargar