- Decisión
- REVOCA LA SENTENCIA
- Descriptores
- ACCION DE REINTEGRO - / CONCEJO DISTRITAL DE CALI - / EMPLEOS PÚBLICOS DE LAS UNIDADES DE APOYO NORMATIVO DE CADA CONCEJAL - La condición de aforada sindical de la demandante no fue tenida en cuenta, ni mucho menos respetada por la Mesa Directiva del Concejo Distrital de Santiago de Cali, con su decisión administrativa de desvinculación de la demandante, pues a consideración de la mayoría de esta Sala de Decisión, existe una falsa motivación en dicho acto, en la medida que tal voluntad de la administración, está desconociendo sin explicación alguna, la realidad de la vinculación de la demandante, en un ejercicio bastante extraño de dejar sin efectos las designaciones como Auxiliar Administrativo II para ejercer sus funciones a órdenes del Concejal Milton Fabián Castrillón y, posteriormente, hasta el momento de su desvinculación en el cargo de Auxiliar Administrativo II, en el área de Recurso Físico del Concejo de Cali, según oficio del 02 de febrero del 2021, suscrito por la Jefe de Recurso Físico, y producir un nuevo nombramiento en un cargo que ya no existe, como lo es de apoyo de la Concejal C.V, para ahí si poder dar por terminado su nombramiento, eventualidad en la cual la legalidad de dicha desvinculación debe someterse al escrutinio de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y no en esta especialidad / TESIS: La extrabajadora demandante en efecto gozaba de las prerrogativas de aforada sindical previstas en el canon 405 del C.S.T., modificado por el artículo 1