- Decisión
- CONFIRMA LA SENTENCIA
- Descriptores
- IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD - / PRESCRIPCIÓN - / PRESUNCIÓN DE PATERNIDAD DEL CÓNYUGE - Para lograr el objetivo del recurso de apelación, que en este caso es que revocar el ordinal segundo de la sentencia de primera instancia que declaró probada la excepción de prescripción, el apelante tiene la carga no solo de formular reparos a la decisión adoptada por la a quo, sino fundamentar con motivos sólidos que los argumentos del juez son errados o las apreciaciones son incorrectas, lo que implica una labor dialéctica dirigida a derruir los fundamentos de la sentencia apelada y no solo referir su opinión de cómo se debieron apreciar las pruebas o sustentar la decisión, pues solo así se obtendrá un fallo contrario al adoptado en un principio, toda vez que no es dable al ad quem suplir esa carga porque, además de ser un laborío de la parte apelante, es justamente esa sustentación la que enmarca el ámbito de competencia en segunda instancia conforme a los artículos 320 y 328 del Código General del Proceso / TESIS: El hecho presumido es la paternidad del cónyuge respecto del hijo concebido durante el matrimonio o nacido después de los 180 días de celebrado este, hecho que no debe estar probado porque justamente esa presunción releva la prueba o son sucedáneos de la prueba (artículo 166 C.G.P.), pero los hechos que sí deben estar probados son aquellos sobre los que descansa el hecho presumido, a saber: - Que no es casado - Que su cónyuge no dio a luz - Que el hijo no fue concebido durante