- Decisión
- CONFIRMA LA SENTENCIA
- Descriptores
- CONTRATO DE TRABAJO - / ESTABILIDAD OCUPACIONAL REFORZADA - / REINTEGRO - La Estabilidad Ocupacional Reforzada, consagrada en la Constitución Política de 1991, no está condicionada a que el trabajador haya sido calificado y que la pérdida de la capacidad laboral sea moderada, es decir, que el 15% / TESIS: No solo por el hecho mismo del accidente, ocurrido en desarrollo de sus actividades, sino por los permisos para los controles médico y las terapias, la entidad demandada conocía perfectamente la situación de salud del demandante, de manera que, con su actuar, T. LTDA., omitió observar la normatividad que regula la materia, las posibles secuelas y la condición de vulnerabilidad y/o de “persona en situación de discapacidad”, en términos de la Sentencia C-458 de 22 de julio de 2015, al no agotar el trámite administrativo ante el Ministerio de Trabajo para obtener autorización administrativa como lo ordena el artículo 26 de la Ley 361 de 1997 Fuente Formal : 1. Convenio 159 de la O.I.T Art. 16, 17 / Constitución Política Art. 13, 29, 47, 53, 54, 95, 228, 333 / Ley 361 de 1997 Art 26 / Ley 270 de 1996 Art. 5 / CST Art. 21 / CPACA Art. 24 / Ley 1751 de 2015 Art. 10 Lit. G / Ley 100 de 1993 Art. 41 / Ley 962 de 2005 Art. 52 / Ley 618 de 2013 Art. 13 / Decreto Ley 019 de 2012 Art.142 / Ley 1562 de 2012 Art 18 / Corte Constitucional. Sentencia C – 531 de 2000. Sentencia T – 597 de 2014. Sentencia SU 049 de 2017. Sentencia SU 087 de 2022. Sentencias SU – 354 de 2017. Sentencia C-298 d