- Decisión
- REVOCA LA SENTENCIA APELADA, Y EN CONSECUENCIA SE DECLARAN NO PROBADAS LAS EXCEPCIONES PROPUESTAS
- Descriptores
- DESIGUALDAD SALARIAL EN TRABAJADORES CON IGUAL CARGO Y FUNCIONES SIMILARES - No encuentra la Corporación objetivada la justificación empresarial necesaria y presentada para sostener la diferencia salarial existente en el proceso. En efecto, establecido el goce de un salario inferior al devengado por otros trabajadores de la empresa en la misma función y cargo, era necesario para el empleador proceder, dentro del expediente a demostrar, y no simplemente enunciar, la razonabilidad de esa desigualdad salarial / TESIS: Desde siempre la mera antigüedad en el servicio matemáticamente no ha sido señal de mayor aptitud SANCIÓN MORATORIA POR NO CONSIGNACIÓN DE LAS CESANTÍAS - En este caso la omisión de la consignación de las cesantías lo fue por la reiterada práctica discriminatoria en el pago de su salario con lo que para nada aflora una conducta justificatoria, al contrario, la mala fe trasluce con la desatención del empleador, luego hay lugar a conceder su pago, un día de salario por cada día de retardo por la no consignación en forma completa de las cesantías del año 2015 del trabajador, utilizando la diferencia de salario de esa anualidad / Fuente Formal : 1. Código Sustantivo del Trabajo Art. 23, 143 / Ley 1496 de 2011 Art. 7 / CPTSS Art. 151 / Ley 50 de 1990 Art. 99 / Corte Constitucional. Sentencia T- 369 de 2016. / Corte Suprema de Justicia - Sala Laboral. Sentencia Rad. 36737 del 21 de julio de 2010 Observaciones : DESCARGUE EL ARCHIVO DE LA PROVIDENCIA PARA CONOCER SU CONTE