- Decisión
- MODIFICA PARCIALMENTE
- Descriptores
- DE BOGOTÁ - / TESIS: Es de resaltar, que el demandante solicitó en el libelo introductorio la tasación de los frutos del bien común, desde la fecha en que le fue adjudicado, por cuanto el mismo venía siendo explotado económicamente por la demandada, quien reprochó la reclamación alegando que éste nunca se había hecho presente a hacer efectiva su condición de dueño, “ni ha notificado o requerido por escrito a los arrendatarios” y “sin siquiera tener en cuenta el cuidado y mantenimiento del inmueble y de todos los gastos por impuestos, arreglos, etc.”, pese a lo cual, desde ese momento, procedió a consignar a órdenes del proceso el valor correspondiente a los frutos causados desde la contestación de la demanda15, por lo que no es viable que el a-quo, so pretexto que solo la demandada solicitó su entrega, ordene reintegrárselos a ésta en su totalidad, pues bajo ese argumento también debió atender lo manifestado por señor Ramírez Cuadrado en su demanda16, o exponer razonadamente los motivos por los cuales desconocía el derecho que a éste le asiste de percibir los que le corresponden en su calidad de comunero. Titulación Tema Descargar