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- REPÚBLICA DE COLOMBIA - / [[T]]RIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE PASTO - / PENSIÓN DE VEJEZ - Requisitos conforme el artículo 33 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 9º de la Ley 797 de 2003: No procede su reconocimiento. / TESIS: (…)la situación de la promotora de la acción se orienta por el artículo 33 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 9º de la Ley 797 de 2003, que dispone, como requisitos para obtener la pensión de vejez (…) de conformidad con la historia laboral aportada al expediente, la actora únicamente cotizó 534.71 semanas y no las 1.300 que la norma exige, motivo por el cual la prestación reclamada tampoco alcanza prosperidad. (…) TESIS: TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE PASTO - Titulación Tema Descargar