- Decisión
- DECLARA PROBADA LA EXCEPCIÓN DE CADUCIDAD
- Descriptores
- DE BOGOTÁ - / TESIS: Bajo los anteriores parámetros y en el sentido indicado por el apoderado de la sociedad demandante en sus alegatos de conclusión en cuanto conserva la posibilidad de acudir a la justicia ordinaria para la resolución de ese asunto por el término restante, conforme la legislación comercial aplicable, se ordenará entonces por parte del Despacho remitir el expediente al juez que se considera competente, esto es en razón de la cuantía, al juez civil del circuito de la ciudad de Bogotá, reparto, a efectos de su resolución. Por último la Delegatura pone de presente que no condenará en costas en la medida que no las encuentra (18:32) probadas a causas en la presente actuación. Titulación Tema Descargar