- Descriptores
- PROCESO EJECUTIVO - INCIDENTE DE REGULACIÓN DE PERJUICIOS: Quien reclama un perjuicio debe acreditar no solo el daño, sino también el hecho generador del mismo y la relación de causalidad entre estos. / PROCESO EJECUTIVO - INCIDENTE DE REGULACIÓN DE PERJUICIOS: Procedencia de la condena al pago de perjuicios al encontrarse satisfechos los presupuestos de la responsabilidad civil extracontractual. / TESIS: No obstante, erró el fallador de primera instancia al aseverar tajantemente que no deben tenerse en cuenta los elementos de la responsabilidad civil extracontractual a la hora de liquidar los perjuicios reclamados por la vía incidental, se considera que estos se encuentran demostrados, en tanto los perjuicios reconocidos corresponden a un daño cierto y directo, no hipotético, relacionado directamente con la práctica de medidas cautelares; estando entonces acreditado no solo el hecho generador del daño, sino la relación causal que entre ellos se requiere para abrir paso al pago de la indemnización deprecada. INCIDENTE DE REGULACIÓN DE PERJUICIOS - OBJECIÓN CONTRA EL JURAMENTO ESTIMATORIO: Se desestima. / INCIDENTE DE REGULACIÓN DE PERJUICIOS - SANCIÓN PREVISTA EN EL INCISO 4° DEL ART. 206 DEL C. G. DEL P.: No aplica de manera automática, debe probarse que se actuó con temeridad o de mala fe. / TESIS: Hay lugar a desestimar la objeción formulada en contra del juramento estimatorio, siendo que con ella tan solo se refutó la causa u origen de las cifras reclamadas, no así su cua