Exp.: 000202100854 00 REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. Sala Civil Bogotá D.C., diecinueve (19) de mayo de dos mil veintiuno (2021) Ref: Acción de tutela de Jaime Castaño Salazar contra el Juzgado 14 Civil del Circuito de la ciudad y su secretario1. Se niega la solicitud de adición de la sentencia de 6 de mayo de 2021, planteada por el accionante, por no configurarse los requisitos previstos en el artículo 287 del CGP, habida cuenta que no se omitió resolver ningún punto de los que debía ser objeto de pronunciamiento.
Lo que ahora pretende el interesado, en sus propias palabras, es “adicionar la acción de tutela” en orden a cuestionar el auto de 4 de mayo pasado, emitido por el juez ordinario para responder las peticiones formuladas por las partes que dieron lugar a la demanda de amparo. Desde luego que la inconformidad con esa providencia no puede canalizarse por la vía de reclamar la complementación de la sentencia emitida por el Tribunal, como juez constitucional, sino ante dicho juzgador, a través de los medios de impugnación previstos en el Código General del Proceso.
Así las cosas, se niega la solicitud de adición o reforma.
NOTIFÍQUESE 1 Discutido y aprobado en sesión de 18 de mayo. República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá D.C. Sala Civil Exp.: 000202100854 00 2