- Decisión
- CONFIRMA AUTO
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- NULIDAD DEL ACTO DE TRASLADO DEL RÉGIMEN DE PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA AL RAIS - / TESIS: (… ) Por otro lado, debe decirse que no se puede ordenar por esta vía que Colpensiones reporte todas y cada una de las semanas que aduce la ejecutante cotizó, pues, dicho aspecto no fue establecido en la sentencia que sirve de base de recaudo ejecutivo, y el presente proceso de ejecución no es órbita para dictar condenas, más aún cuando, las obligaciones impuestas a Colpensiones ya fueron suplidas, pues, en la providencia que sirvió de base para librar mandamiento en ninguna parte se ordenó a ésta recibir de parte de PORVENIR un monto determinado y representado en días y semanas como lo supone la ejecutante. Fuente Formal : 1. Artículo 66-A del C. P. del T. y de la S. S Titulación Tema Descargar