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- AGOTAMIENTO PREVIO DE OTRA VÍA JUDICIAL - No existe Perjuicio grave e irremediable / TESIS: AGOTAMIENTO PREVIO DE OTRA VÍA JUDICIAL/ No existe Perjuicio grave e irremediable/ Existencia de otro medio de defensa judicial o administrativo/ Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social -UGPP-/ No procede acción de Tutela/ Procede cuando el afectado carece de otro medio de defensa judicial/ Suspensión de términos judiciales desde el 16 de marzo de 2020/ Adulto mayor/ PROBLEMA JURÍDICO. ¿Se agotaron los mecanismos judiciales disponibles, en la solución del conflicto de seguridad social que se ha planteado? TESIS. La Corte Constitucional ha señalado que “la acción de tutela resulta improcedente cuando dicha situación se puede ventilar ante la jurisdicción ordinaria o la contenciosa, según el caso, pero de manera excepcional se admite su procedencia cuando la persona no cuente con otro mecanismo de defensa o cuando éste mecanismo existe pero no es el idóneo o resulte ineficaz para la protección de sus derechos, y se incluyó una circunstancia más, y es que cuando se evidencian los elementos de inminencia, urgencia, gravedad e impostergabilidad de la acción , se configure un perjuicio irremediable y éste se pretenda evitar, como sucede con las personas que conforman los grupos poblacionales que están llamados a gozar de una protección especial del estado”. No se logró demostrar la existencia de un perjuicio irremediable; adem