- Decisión
- CONFIRMA PARCIALMENTE SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA. MODIFICA EL FALLO EN EL SENTIDO QUE SE DECLARA INIMPUTABLE A RICARDO ENRIQUE GONZÁLEZ TOVAR. IMPONE COME MEDIDA DE ASEGURAMIENTO, INTERNAMIENTO POR EL TÉRMINO DE 10 AÑOS. SE ORDENA LA CAPTURA DEL PROCESADO.
- Descriptores
- CONCURSO DELICTUAL DOBLE HOMICIDIO AGRAVADO Y HOMICIDIO TENTADO - / TESIS: CONCURSO DELICTUAL DOBLE HOMICIDIO AGRAVADO Y HOMICIDIO TENTADO/ Trastorno Mental Transitorio/ Principio de permanencia de la prueba/ Prueba sobreviniente Trastorno mental transitorio con base en patología/ Dolo/ INIMPUTABILIDAD/ Solicitud de Nulidad/ Trastornos de estados de ánimo con alteración del humor/ Episodio depresivo mayor/ Establecimientos de reclusión para inimputables por trastorno mental con base patológica y personas con trastorno mental sobreviniente/ Pericia de Medicina Legal desistida por la Fiscalía/ Principio pro homine/ Experticia psiquiátrica Defensa. PROBLEMA JURÍDICO. ¿Debe mantenerse el fallo de primera instancia o por el contrario, debe cambiarse la sentencia de 550 meses de prisión, por una Medida de Seguridad en un Centro Psiquiátrico, porque se demostró inimputabilidad? TESIS. La experticia psiquiátrica traída a la vista pública por la parte defendida con la declaración del Médico Psiquiatra José Gregorio Meza Azuero, quien entrevistó al procesado, observando los métodos y protocolos así como los diagnósticos y conclusiones plasmadas son muy relevantes que encuentran respaldo en la prueba testimonial aducida. La enfermedad mental definida por la clínicamente como trastorno depresivo mayor recurrente, con síntomas psicóticos graves, estaba presente para el momento de los hechos. La conducta ejercida por Ricardo González Tovar, contra su esposa sus hijas y él mismo, es resulta