- Decisión
- CONFIRMA LA SENTENCIA PROFERIDA EL 30 DE ENERO DE 2020, POR EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE MANIZALES, CALDAS, EN EL PROCESO VERBAL DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
- Descriptores
- PARQUEADEROS NO SIRVEN - / TESIS: PARQUEADEROS NO SIRVEN/ RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL/ Propiedad Horizontal / Régimen aplicable/ Responsabilidad de la víctima/ Contratos de compraventa/ Venta como cuerpo cierto/ Principio de Congruencia/ Responsabilidad Extracontractual/ La prescripción debe ser alegada/ Graves desperfectos en la construcción de los parqueaderos/ Quebrantamiento de las reglas técnicas para la construcción de los parqueaderos/ No fue instaurada la acción de resolución contractual/ Rebaja del precio por metros faltantes/ el vendedor no ha cumplido con su obligación de la entrega útil del bien/ PROBLEMAS JURÍDICOS. 1) ¿Se reúnen los presupuestos de la Responsabilidad contractual declarada dado que las unidades adquiridas por los actores lo fueron como cuerpo cierto y no por su cabida? 2) ¿Dada la condición de inservible de la rampa del parqueadero, era procedente indemnizar a la propiedad Horizontal? Tesis. 1) La reclamación judicial es por hechos sucedidos con posterioridad a la entrega de los apartamentos y parqueaderos por la constructora a sus compradores, cuando se percataron de que la extensión de los bienes no coincidía con la señalada en los contratos de compraventa, que las unidades para la ubicación de vehículos no contaban con las dimensiones mínimas reglamentarias indispensables a tal propósito lo cual impedía su uso adecuado, a más que la rampa para acceder a los niveles subterráneos presentaba fallas en su diseño y construcción. Se encuentra